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Las croquetas, sobres de alimento húmedo y otros alimentos procesados para gatos y perros, seguirán pagando un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16%, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a una empresa del ramo para poder exentar la comida para los animales de compañía en los hogares. A raíz de un juicio de amparo promovido por la empresa de croquetas para perro Maka Pet, la Primera Sala de la Suprema Corte reconoció la constitucionalidad del cobro del IVA en alimentos para perros, gatos y pequeñas especies de animales domésticos, por lo que validó lo señalado en el artículo artículo 2º, fracción I, inciso b), numeral 6, de la Ley del IVA. Dicha norma indica que la tasa de 0% para la venta de productos alimenticios para humanos y especies de crianza para consumo humano es constitucional, excluyendo de este beneficio cualquier alimento procesado para perros, gatos y otras pequeñas especies que viven dentro de casas y departamentos como animales de compañía. Te puede interesar > Corte se niega a revocar amparo concedido a exfuncionario de SCT tras socavón en Paso Exprés La empresa quejosa argumentaba que había un trato diferenciado en los alimentos para animales, ya que la comida para animales de crianza en actividades ganaderas, silvícolas y pesqueras están gravados con una tasa del 0% de IVA, mientras que los alimentos para mascotas tienen un gravamen del 16%. Sobre este punto, la sentencia aprobada por los ministros de la Primera Sala de la SCJN determinaron que el beneficio fiscal otorgado para el fomento a las actividades ganaderas, silvícolas y pesqueras, tiene como fin aumentar la producción alimentaria y buscar la autosuficiencia de México en esta materia.

Agencias.- Por lo anterior, los ministros concluyeron que el trato diferenciado para los animales que se crían para consumo humano o forrajero y los alimentos

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